jueves, 24 de noviembre de 2011

REQUISITOS FITOSANITARIOS DEL CAMU CAMU

Normas de calidad y regulaciones del mercado internacional:



Los mercados internacionales son cada vez más exigentes en cuanto a aspectos fitosanitarios y normas técnicas que garanticen la calidad y origen del producto, el Perú cuenta con las siguientes normas:



NTP 11.030:2007, establece las definiciones, clasificación y requisitos que debe cumplir el fruto del camu camu arbustivo (Myrciaria dubia H.B.K. Mc Vaugh) en estado fresco destinado para el consumo humano o uso industrial, esta norma fue publicada el 15-03-2007 mediante resolución R.015-2007/INDECOPI-CRT.

NTP 11.031:2007, establece las definiciones y los requisitos para la pulpa del camu camu arbustivo (Myrciaria dubia H.B.K. Mc Vaugh) fresca o conservada exclusivamente por medios físicos, publicada el 27-05-2007 mediante resolución 048-2007/INDECOPI-CRT.

Certificación Orgánica, remarca el manejo ecológico del producto, en el caso concreto del camu camu solo existe una organización que cuenta con esta certificación, la firma SKAL International otorgo a CEDECAM la certificación de 170 ha. en total de rodales naturales ubicados en las cuencas de Mazan/Napo, Ucayali/Tapiche y Nunez Cocha, Yurac yacu, 28 de Octubre y Juancho Playa. Esta certificación incluye la planta procesadora donde se hace la transformación (Planta Piloto de la Universidad Nacional de la Amazonia Peruana).



Las Normas Técnicas que aún no se han implementado para el caso concreto del camu camu son:


Norma Técnico de BPM y BPA.

Denominación de Origen

HACCP – Análisis de Riesgo de Puntos Críticos



Dadas las características de la fruta, el camu camu solo se exporta procesado, es decir en pulpa, por esta razón no existen exigencias fitosanitarias, sin embargo algunos países establecen exigencias en lo referente a insumos y procesos involucrados en la elaboración y tratamiento del producto. A continuación se presentan las restricciones que establecen los principales mercados que importan camu camu del Perú:


Restricciones en el Mercado Unión Europea: Las principales dificultades se basan en normas como el Reglamento UE No 258/97 sobre “Nuevos Alimentos” o “Novel Food”, que afecta a los productos que no hayan sido consumidos a gran escala por los consumidores europeos antes de 1997.

Restricciones en el Mercado EEUU: La reglamentación sobre Bioterrorismo establece diferentes controles que debe pasar el producto para entrar al mercado estadounidense.

No hay comentarios:

Publicar un comentario